OPOSICIONES POLICÍA LOCAL BALEARES

No basta con aprobar, sino que hay que obtener la máxima puntuación posible para conseguir tu plaza deseada.

Con nuestra metodología probada dispondrás de un servicio de tutorías con:
  • Más de 30 años convirtiendo a opositores en policías.
  • Gracias a nuestra metodología de Aprobado Reisan aprobarás tu oposición en el menor tiempo posible.
  • Todos nuestros profesores son miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con gran experiencia en la preparación de oposiciones.
  • Contamos con los mejores preparadores físicos y un centro propio de alto rendimiento: RS Training.
  • Modalidad presencial y/o online: Campus Reisan.
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¿Cómo funciona la preparación de Oposiciones de Policía Local?

  • En Academia Reisan preparamos todas las pruebas oficiales estipuladas en la normativa de Coordinación de las Policías Locales de Baleares.
  • El sistema de acceso es el de turno libre para acceder a la categoría de Policía Local.
  • El temario oficial está compuesto por 30 temas y por las ordenanzas y conocimiento del término del Ayuntamiento en cuestión.
  • Durante el segundo semestre del año (de julio a diciembre) se publica la convocatoria del proceso unificado con todas las plazas de los ayuntamientos que han delegado la competencia en la EBAP para ejecutar las convocatorias de plazas a policía local. Una vez superado el proceso selectivo, durante el primer semestre de cada año (de enero a junio), accederás al curso básico de capacitación y lo harás como funcionario de carrera en prácticas, siendo retribuido por ello.

Preguntas frecuentes

Requisitos

Requisitos Básicos para ser Policía Local

  1. Tener la nacionalidad española.
  2. Tener dieciocho años cumplidos.
  3. Poseer el título académico de Bachiller o uno equivalente para el grupo al que pertenece la plaza convocada, de acuerdo con la legislación básica del Estado.
  4. No sufrir ninguna enfermedad o defecto físico o psicofísico que impida o disminuya el desarrollo correcto de las funciones, en relación con el cuadro de exclusiones médicas.
  5. No haber sido separado del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  6. No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
  7. Poseer los permisos de conducir de clase A2 y B en vigor.
  8. Comprometerse a llevar armas y, en su caso, a utilizarlas, mediante una declaración jurada.
  9. Acreditar, si procede, el conocimiento de la lengua catalana del nivel que determine la legislación vigente. Normalmente determinan en el nivel B2.

La siguiente información se ha obtenido del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

Dichos requisitos deben cumplirse dentro del periodo de tirada de instancia. El alumno siempre es informado previamente a la matriculación del curso de los requisitos exigidos, por ello Reisan se exime de responsabilidades frente alumnos que aleguen cumplir los requisitos y posteriormente a la publicación de las bases no pueda cumplirlos.

Pruebas

El sistema de selección para acceder a la categoría de Policía Local en Baleares es la oposición. La oposición consiste en la superación de todas las pruebas selectivas previstas en la convocatoria para determinar la capacidad y aptitud de los aspirantes. Todas las pruebas de la fase de oposición son de carácter obligatorio y eliminatorio. Es necesario superar la prueba anterior para poder pasar a la siguiente.

El orden de realización de las pruebas es el que determine el ayuntamiento correspondiente en la convocatoria. Las pruebas de la fase de oposición deben ser las siguiente:

Prueba de aptitud física

Tiene como objetivo comprobar las condiciones de fuerza, agilidad y resistencia de las personas aspirantes. Consiste en la superación de las cuatro pruebas parciales que determina el Anexo III del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears. Las pruebas físicas se deben superar globalmente conforme el baremo y los méritos que a continuación veréis reflejados. El resultado global de esta prueba se otorgará siempre que el aspirante haya superado un mínimo de tres de las cuatro pruebas parciales con una nota mínima de cinco puntos y que, en la prueba parcial no superada, se haya obtenido una nota de 3 o superior. La nota media de APTO se otorgará siempre que el resultado sea igual o superior a cinco puntos. Si es inferior a cinco, será de NO APTO.

Las cuatro pruebas físicas parciales son:

  1. Circuito de agilidad y flexibilidad.
  2. Dominadas / Suspensión en barra.
  3. Resistencia 1.000 metros.
  4. Aptitud en el medio acuático: 50 metros piscina.

Las personas que acrediten el certificado en vigor de aptitud física de la EBAP del 165.3 del Reglamento están exentas de realizar las pruebas físicas en cualquier proceso de selección que participen.

Prueba de conocimientos tipo test

La prueba de conocimientos tipo test consta de dos ejercicios:

  1. Examen tipo test 30 temas del programa oficial:

Consiste en responder por escrito las preguntas de un cuestionario con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solamente una es correcta. El cuestionario debe incluir preguntas que figuren en la convocatoria y que estén incluidas en el temario publicado por el EBAP para la categoría de Policía Local vigente.

La valoración de esta prueba será de 0 a 20 puntos y se debe obtener un mínimo de 10 puntos para superarla. El número mínimo de preguntas del cuestionario tipo test será de 50, con un máximo de 100 preguntas. Las preguntas no resueltas no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta, es decir, cada cuatro preguntas erróneas se resta una pregunta correcta.

2. Examen tipo test del término municipal y ordenanzas municipales:

El contenido de esta prueba hará referencia a los conocimientos geográficos, sociológicos, históricos y demográficos del término municipal, así como a las ordenanzas municipales de la corporación convocante. La prueba consiste en responder por escrito las preguntas de un cuestionario con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solamente una es correcta. En la convocatoria se debe indica la manera de acceder a este temario. Normalmente se puede encontrar en la página web del ayuntamiento convocante.

La valoración de esta prueba es de 0 a 20 puntos y hay que obtener un mínimo de 10 para superarla. El número mínimo de preguntas del cuestionario tipo test será de 50, con un máximo de 100 preguntas. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta, es decir, cada cuatro preguntas erróneas se resta una pregunta correcta.

La valoración de esta prueba será el resultado de la suma de las dos fases. La puntuación de cada fase supondrá el 50% de la puntuación total de la prueba. No se sumarán las dos fases si en una de las dos se obtiene una puntuación inferior a 10. Para aprobar este ejercicio será necesario obtener 20 puntos como mínimo.

Prueba de aptitud psicológica y de personalidad

Esta prueba consiste en la exploración psicotécnica para acreditar los niveles mínimos de aptitud intelectual y también en la exploración de la personalidad y las actitudes de las personas aspirantes con la finalidad de determinar el conjunto de competencias correspondientes a las funciones de Policía Local, y descartar la existencia de síntomas o indicadores compatibles con alteraciones psicopatológicas y/o de personalidad.

Esta prueba constará de dos partes:

  1. Aptitud intelectual: consiste en responder uno o varios test de aptitud intelectual. La valoración de esta prueba será de 0 a 10 puntos y hay que obtener un mínimo de 5 para superarla. El resultado será de APTO o NO APTO. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan una valoración de apto.
  2. Prueba de personalidad: consiste en superar la prueba o pruebas para evaluar el conjunto de competencias correspondientes según la categoría de Policía Local y que pueden consistir en uno o diversos test y, en su caso, en una entrevista personal. La valoración será de APTO o NO APTO. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan la valoración de apto.

Temario

TEMA 1: Constitución española de 1978. La Constitución como norma suprema. Características y estructura de la Constitución
española. Principios constitucionales básicos.

TEMA 2: Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales.

TEMA 3: Constitución española de 1978. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Las relaciones
entre las Cortes Generales y el Gobierno. EL Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

TEMA 4: Constitución española de 1978. La organización territorial del Estado.

TEMA 5: Estatuto de autonomía de las Islas Baleares. Disposiciones generales. Las competencias de la Comunidad Autónoma
de las Islas Baleares. Instituciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares: del Parlamento, del presidente del
Gobierno de las Islas Baleares, de los consejos insulares, de los municipios y otras entidades locales. El poder judicial en las
Islas Baleares: el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, competencias, el presidente o la presidenta del Tribunal
Superior de Justicia de las Islas Baleares. Financiación y hacienda: principios generales: principios.

TEMA 6: Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares. Los municipios: los elementos
del municipio. Identificación, la población municipal, la organización municipal, competencias. Disposiciones comunes a las
entidades locales: reglamentos, ordenanzas y bandos.

TEMA 7: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre tráfico,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Disposiciones generales. Ejercicio y coordinación de las competencias sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial: competencias de los municipios. Anexo I: conceptos básicos.

TEMA 8: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la
aplicación y el desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 339/1990. Normas generales de comportamiento en la circulación: normas generales, normas
generales de los conductores, normas sobre bebidas alcohólicas, normas sobre estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes
u otras sustancias análogas.

TEMA 9: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la
aplicación y el desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 339/1990. La circulación de vehículos.

TEMA 10: Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la
aplicación y el desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 339/1990. La señalización: normas generales, prioridad entre señales. Las señales y órdenes
de los agentes de circulación.

TEMA 11: Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. Las
autorizaciones administrativas para conducir: el permiso y la licencia de conducción.

TEMA 12: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos. Normas
generales.

TEMA 13: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos.
Ciclomotores, ciclos, vehículos de tracción animal y tranvías.

TEMA 14: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos.
Autorizaciones de circulación de los vehículos: matriculación y matriculación ordinaria.

TEMA 15: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos. Anexo II:
definiciones y categorías de los vehículos.

TEMA 16: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de vehículos. Anexo XVIII:
placas de matrícula, colores e inscripciones, contraseñas de las placas.

TEMA 17: El accidente de tráfico. Definición, tipos, causas y clases de accidentes. La actividad policial ante los accidentes de
tráfico. El orden cronológico de las actuaciones.

TEMA 18: Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares. Principios generales. Cuerpos
de policía local. Estructura y régimen de funcionamiento.

TEMA 19: Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares. Régimen disciplinario:
principios generales, infracciones, sanciones y potestad sancionadora, extinción y prescripción.

TEMA 20: Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales
de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas
Baleares. Uso del equipo básico de autodefensa y protección: disposiciones generales, normas generales sobre tenencia de
armas, utilización de armas de fuego, utilización de la defensa y del bastón extensible, utilización del aerosol de defensa.
Uniformidad y equipamiento. Normas de apariencia externa, presentación y uniformidad.

TEMA 21: Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad. Principios básicos de actuación.
Disposiciones estatutarias comunes. de las policías locales.

TEMA 22: La policía local como policía judicial. La detención. Concepto. Derechos y garantías del detenido. Ley Orgánica
6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de habeas corpus.

TEMA 23: Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de enjuiciamiento criminal. La denuncia.

TEMA 24: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. De la infracción penal. De las personas criminalmente
responsables de los delitos.

TEMA 25: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. Delitos contra el patrimonio y contra el orden
socioeconómico: los hurtos, los robos, del robo y hurto de uso de vehículos, de la usurpación, de las defraudaciones, los daños.

TEMA 26: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. Delitos contra la seguridad vial.

TEMA 27: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los
derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la constitución.

TEMA 28: Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Disposiciones generales. principios de protección de datos. Derechos de las personas.

TEMA 29: Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. Disposiciones generales. Competencias, funciones,
organización institucional y financiación. Violencia machista.

TEMA 30: Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para
erradicar la LGTBI fobia. Disposiciones generales. Políticas públicas para promover la igualdad efectiva de las personas LGTBI:
profesionales que actúan en ámbitos sensibles. Mecanismos para garantizar el derecho a la igualdad: disposiciones
generales.

Temario adaptado a la Resolución de la directora gerente de la EBAP de 27 de octubre de 2020 por la cual se aprueban los temarios que han de regir las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local de las Illes Balears, publicado en el BOIB número 190, Sección II, el día 05 de noviembre de 2020.

Exclusiones médicas

I. Antropometría

  1. La dinamometría, con el estenómetro de Blok, inferior a las 30 divisiones en la mano dominante y a las 25 divisiones en la mano no dominante, con respecto a los hombres; e inferior a las 25 y 20 divisiones, respectivamente, en las manos dominante y no dominante, con respecto a las mujeres.
  2. La capacidad vital, obtenida con el espirómetro, inferior a los 3,5 litros en los hombres y a los 3 litros en las mujeres.

II. Enfermedades, lesiones y defectos físicos

  1. Aparato circulatorio
    1. Insuficiencia cardíaca en todas las manifestaciones posibles, independientemente de la causa.
    2. Malformaciones de corazón o de grandes vasos.
    3. Lesiones adquiridas de corazón o de grandes vasos.
    4. Trastornos de la conducción y del ritmo cardíaco.
    5. Insuficiencia coronaria.
    6. Pericarditis activa o residual.
    7. Insuficiencia arterial periférica.
    8. Insuficiencia venosa periférica.
    9. Malformaciones arteriovenosas. Shunt y aneurismas arteriales. Linfoedema.
    10. Hipertensión arterial. Hipotensión sintomática.
  2. Aparato respiratorio
    1. Enfermedades respiratorias con repercusión permanente u ocasional en la función respiratoria.
    2. Malformaciones o lesiones de las vías respiratorias altas o bajas, parénquima, pulmón, pleuras o tórax.
    3. Aparato genitourinario
  3.  Aparato genitourinario
    1. Malformaciones o lesiones del trato genitourinario.
    2. Disfunciones urogenitales crónicas.
    3. Nefropatías de cualquier etiología. Insuficiencia renal. Hidronefrosis.
    4. Litiasis del trato urinario crónica.
    5. Prolapso genital femenino. Endometriosis
  4. Aparato digestivo
    1. Malformaciones o lesiones del aparato digestivo, incluidos el hígado, las vías biliares, el páncreas exocrino y las glándulas salivales.
    2. Disfunciones que comprometan la masticación, la deglución, la digestión o la excreción.
    3. Hernias y eventraciones no tratadas o reincidentes.
    4. Úlcera gastroduodenal.
    5. Hepatopatías (incluyen alteraciones metabólicas).
    6. Enfermedad inflamatoria crónica intestinal y síndrome de mala absorción.
    7. Pancreopatías crónicas o reincidentes.
  5. Sistema hematopoyético: hemopatías que a juicio del tribunal limiten el ejercicio de la función policial.
  6. Aparato locomotor
    1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y la agilidad de las extremidades, del tronco o del cuello, o su repercusión estática.
    2. Cualquier otro proceso del aparato locomotor, que, a juicio del tribunal, dificulte el ejercicio de las funciones policiales.
  7. Trastornos psiquiátricos y del sistema nervioso
    1.  Cualquier tipo de psicosis o trastorno afectivo, neurótico o de personalidad que afecte a un comportamiento social y laboral adecuado.
    2. Retraso mental, trastorno del desarrollo psicológico o trastorno mental orgánico que incapacite para las funciones propias del puesto al que aspira.
    3. Trastornos mentales y del comportamiento causados por consumo de sustancias psicotrópicas.
    4. Detección de marcadores biológicos de consumo de drogas de abuso ilegales o medicamentos considerados de abuso que, a juicio del tribunal, no se utilicen con finalidades terapéuticas.
    5. Epilepsia o antecedentes de epilepsia. Convulsiones sin filiar.
    6. Malformaciones o lesiones del sistema nervioso central o periférico.
    7. Síndromes vertiginosos de cualquier etiología.
    8. Temblor. Tics o espasmos.
    9. Trastornos del sueño.
  8. Glándulas endocrinas
    1. Malformaciones o disfunciones de las glándulas endocrinas o mixtas.
    2. Diabetes mellitus.
  9. Infecciones: cualquier enfermedad infectocontagiosa activa o con riesgo de contagio
  10. Órganos de los sentidos
    1. Lesiones que puedan provocar trastornos de la sensibilidad epicrítica o protopática o del funcionalismo neuromotor.
    2. Agudeza visual lejana monocular sin corrección inferior a 4/10 (0,4).
    3. Queratotomía radial.
    4. Desprendimiento de retina.
    5. Estrabismo manifiesto y no corregido.
    6. Hemianopsias o reducciones manifiestas del campo visual.
    7. Discromatopsias. Se medirán con el test de Ishihara y, en caso necesario y a criterio de los médicos designados por el tribunal calificador, se aplicará el test de Farnsworth-Munsell.
    8. Glaucoma.
    9. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos que lleven a cabo la prueba, dificulte de manera importante la agudeza visual.
    10. Agudeza auditiva que suponga una pérdida de entre 1.000 y 3.000 Hz a 35 dB o de 4.000 Hz a 45 dB.
    11. Malformaciones o lesiones del oído interno, medio o externo, que comprometan el buen funcionamiento o determinen afecciones crónicas.
    12. Malformaciones o lesiones de los órganos de la fonación (labios, paladar, boca, cuerdas vocales, etc.) que comprometan la función fonadora normal.
    13. Tartamudez manifiesta.
  11. Piel, fáneras y glándulas exocrinas
    1. Malformaciones, tumoraciones y lesiones de la piel y las fáneras que puedan comprometer la función policial.
    2. Cicatrices que por su extensión, profundidad o características puedan comprometer la función policial.
    3. Disfunciones de las glándulas exocrinas que comporten compromiso para la función policial.
    4. Dermatosis generalizadas. Eccemas o psoriasis.
    5. Tatuajes que sean visibles con el uniforme reglamentario.
    6. Otras alteraciones dermatológicas que, a juicio del tribunal, limiten o dificulten el ejercicio de la función policial.
  12. Otros
    1. Procesos neoplásicos.
    2. Procesos hereditarios con repercusión permanente sobre funciones orgánicas.
    3. Enfermedades autoinmunes.
    4. Diátesis alérgica.
    5. Cualquier afección, lesión o disfunción que, según el criterio de los facultativos, pueda comprometer la función policial.

Pruebas físicas

 

Tiene como objetivo comprobar las condiciones de fuerza, agilidad y resistencia de las personas aspirantes. Consiste en la superación de las cuatro pruebas parciales que determina el Anexo III del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

Para realizar esta prueba, aunque el actual Reglamento no lo contemple, se presentará un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas necesarias para llevarla a cabo. El hecho de no presentar este certificado comportaría la exclusión automática del aspirante tanto de la realización de la prueba como del proceso selectivo.

Las pruebas físicas se deben superar globalmente, de acuerdo con el baremo y los méritos que se señalen. El resultado global de esta prueba se debe otorgar siempre que el aspirante haya superado un mínimo de 4 de las pruebas parciales con una nota mínima de 5 o superior y que, en la otra prueba parcial, la nota sea 3 o superior. La nota media de apto se otorgará siempre que el resultado sea 5 o superior; si es inferior a 5, será no apto.

Pruebas que se realizarán:

Circuito de agilidad y flexibilidad

El objetivo de esta prueba es medir la agilidad en los movimientos del aspirante (Agilidad = Velocidad + Coordinación). Este dato se obtiene midiendo la capacidad para hacer en menos tiempo una serie de habilidades y desplazamientos.

En cuanto a la posición inicial, se efectuará de pie detrás de la línea de salida y sin pisarla. El circuito se deberá realizar en una superficie completamente lisa y plana de 8 x 4 metros, como se puede ver en la imagen y en el vídeo. En cuanto a la ejecución del ejercicio os recomendamos ver el vídeo explicativo de cómo debe superarse esta prueba (vídeo en construcción).

Normas: No se permite ningún balanceo previo. Se tienen dos oportunidades para hacer la prueba. Deberá transcurrir como mínimo 30 segundos entre cada intento y se contabilizará el mejor tiempo obtenido de los dos intentos realizados (un intento nulo resta una oportunidad, dos intentos nulos descalifican al aspirante). No se permite hacer la prueba descalzos, utilizando zapatillas de tacos ni plataformas de salida. Si un aspirante no supera un obstáculo, se ha de considerar un intento nulo. También se considera intento nulo cuando el aspirante modifique el recorrido señalado o cuando tire a tierra o desplace alguna barra o cono.

 

 

Dominadas / Suspensión en barra

El objetivo de esta prueba es valorar la fuerza relativa de las extremidades superiores y la capacidad de elevar el peso corporal, mediante la flexión de las extremidades superiores, dependiendo de dos variables: la fuerza de los brazos y el peso corporal del aspirante.

Posición inicial y ejecución para los hombres:

El aspirante tiene que estar agarrado a la barra horizontal con las dos manos, mirando hacia el frente y separadas al máximo para el amplio de la espalda. Los brazos tienen que estar completamente estirados y el aspirante tiene que estar en suspensión total sin tocar tierra con los pies. Al sentir la señal, el aspirante tiene que hacer el máximo de flexiones de brazos, sin límite de tiempo, hasta que el juez le indique que tiene que abandonar la prueba. Se contabilizará una flexión de brazos siempre que el aspirante haya hecho el recorrido completo; es decir, desde la suspensión total con los brazos estirados hasta la flexión total de brazos de manera que la barbilla del aspirante supere en altura la barra de sujeción sin tocarla. Se considera acabada la prueba cuando el aspirante cometa alguna infracción según el parecer del juez; cuando suelte la barra y toque tierra con los pies. El juez dará la señal de inicio y contará solamente las repeticiones de dominadas que se hayan ejecutado correctamente.

Posición inicial y ejecución para las mujeres:

La aspirante se tiene que situar en posición de suspensión, con los brazos flexionados, agarrada a la barra horizontal son tocar tierra. Las palmas de las manos tienen que estar mirando su cuerpo, las piernas tienen que estar totalmente estiradas y juntas, la barbilla por encima de la barra horizontal sin tocarla. La aspirante se tiene que mantener en suspensión cuanto más tiempo mejor en la posición inicial descrita en el párrafo anterior. Se considera acabada la prueba cuando la aspirante cometa alguna infracción según el parecer del juez, cuando suelte la barra o cuando la barbilla esté paralela o por debajo de la barra horizontal. El juez dará la señal de inicio y la aspirante empezará a ser cronometrada en el tiempo máximo que se mantenga en flexión de brazos con las piernas completamente estiradas y sin tocar con la barbilla en la barra fija horizontal.

Normas:

  • No se permite ningún tipo de balanceo del cuerpo.
  • No se permite flexionar las extremidades inferiores.
  • No se permite la ayuda con movimientos de piernas o pies.
  • No se permite cruzar ni pies ni piernas.
  • Solamente se permite un intento por aspirante.
  • Están prohibidos los guantes y complementos similares. Tampoco se permite productos para la fijación en barra de las manos.

 

 

Resistencia 1.000 metros

El objetivo de esta prueba es medir la capacidad de resistencia aeróbica, cualidad física indicadora del estado de salud del aspirante sin una fatiga excesiva. En cuanto a la posición inicial, la posición de salida es de pie, detrás de la línea de salida sin soportes en el suelo. No se permite hacer la prueba descalzaos, utilizar zapatillas de tacos ni plataformas de salida.

Normas:

  • Están prohibidos los tacos de salida y plataformas de salida. No se permite utilizar zapatillas de deporte con tacos.
  • No se permite correr descalzo.
  • La prueba se realizará en grupo de 30 personas como máximo.
  • Los y las participantes dispondrán de un solo intento para superar la prueba.
  • Si el juez considera que la persona aspirante incurre en alguna irregularidad durante la carrera, la persona aspirante quedará eliminada.
  • Se permite una salida nula por aspirante. La persona aspirante que tenga una segunda salida nula quedará eliminada.

 

 

Aptitud en el medio acuático: 50 metros piscina.

El objetivo de esta prueba es el desarrollo global del aspirante dentro del medio acuático. Se mide la capacidad aeróbica con el desplazamiento corporal en el medio acuático, fuerza explosiva en la salida, fuerza rápida en los giros, velocidad de reacción en la salida, así como la velocidad cíclica. En cuanto a la posición inicial, la posición de salida se realizará desde el trampolín o plataforma individual de salto. El aspirante se tiene que tirar de cabeza al agua. No se permite desplazarse por debajo del agua después del lanzamiento más allá de la zona delimitada. El juez dirá “preparados, listos” y tocará el silbato. En ese instante el aspirante se tiene que tirar de cabeza al agua e iniciar la carrera de natación cronometrada.

El estilo de natación es libre, pero el cuerpo del aspirante se tiene que mantener en posición ventral dentro del agua (recomendamos nadar en crol). La prueba finaliza cando el aspirante toque la pared con la mano de la piscina en el momento de llegada y de manera visible para el juez. Existe la posibilidad de una salida nula por cada participante, si se produce una segunda salida nula el aspirante será descalificado y su puntuación será de no apto. Todos los participantes tienen que llevar obligatoriamente gorro de baño. Se permite el uso de gafas de natación. Está prohibido utilizar cualquier otro complemento. No se permite en ningún momento de la ejecución de las pruebas sujetarse a las cuerdas o anillas de separación de los carriles ni tampoco cambiarse de carril.

Se cronometrará en segundos el tiempo utilizado en recorrer 50 metros de piscina. Teniendo en cuenta las características de esta prueba, nada mas acabar el juez decidirá si la persona aspirante ha completado el recorrido conforme a las reglas que se acaban de exponer.

 

Tarifas

125€ mes

  • Acceso a las clases presenciales en la academia
  • Acceso Campus Reisan en modalidad Premium
  • Exámenes tipo test del bloque común (30 temas) y bloque específico (ordenanzas y conocimiento del término municipal)
  • Psicotécnicos presenciales y online
  • Simulacros reales de pruebas físicas y teóricas
  • Difusión diaria principales novedades de la oposición
  • Asesoramiento en convocatorias: presentación de instancias, alegaciones, etc.

Basic

55€ mes

  • Clases en diferido en formato audio
  • Exámenes tipo test del bloque común (30 temas)
  • Simulacros reales de pruebas teóricas
  • Difusión diaria principales novedades de la oposición
  • Asesoramiento en convocatorias: presentación instancias, alegaciones, etc.

Combi

75€ mes

  • Acceso a las clases en streaming en la academia
  • Clases en diferido en formato audio y video
  • Exámenes tipo test del bloque común (30 temas) y bloque específico (ordenanzas y conocimiento del término municipal)
  • Simulacros reales de pruebas teóricas
  • Difusión diaria principales novedades de la oposición
  • Asesoramiento en convocatorias: presentación de instancias, alegaciones, etc.

Premium

95€ mes

  • Acceso a las clases en streaming en la academia
  • Clases en diferido en formato audio y video
  • Exámenes tipo test del bloque común (30 temas) y bloque específico (ordenanzas y conocimiento del término municipal)
  • Psicotécnicos online
  • Simulacros reales de pruebas teóricas
  • Difusión diaria principales novedades de la oposición
  • Asesoramiento en convocatorias: presentación instancias, alegaciones, etc.

¡Deja de perder el tiempo!

Nosotros nos encargamos de planificar y controlar tu estudio individualizado.

 

Sigue nuestro método para conseguir aprobar en seis meses tu oposición.

 

Si realizas correctamente el trabajo que contempla la planificación tendrás las máximas garantías de aprobar el examen oficial.

 

En Reisan ofrecemos la posibilidad de realizar un seguimiento individualizado del alumno con el departamento de Tutorías. El servicio consiste en que se realizan grupos de 3 o 4 alumnos de perfiles similares y se asigna un tutor de la academia a dicho grupo. Se realiza una sesión de una hora cada semana y el tutor se encargará de planificar el trabajo que tiene que hacer el alumno para la siguiente tutorías.

Nosotros nos encargamos de conocer cuáles son tus objetivos para realizar una planificación detallada de lo que tienes que estudiar cada día. Cada semana se controlará que se haya realizado correctamente dicho trabajo. Se realizan evaluaciones constantes y simulacros reales para llegar con el máximo nivel el día de las pruebas oficiales. Si quieres asegurarte el aprobado, tienes que dejar que controlemos tu estudio individual de la oposición.

 

* Para contratar dicho servicio se debe abonar la cuota de la tarifa presencial u online

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Puedes asistir a clase de forma online, disponemos de un conjunto de herramientas especializadas y asesoramiento personalizado.

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