La respuesta es sí en un principio, porque como tal no existe ninguna ley que lo prohíba. Si es cierto, que existen matizaciones a esta afirmación que las veremos más adelante. Aunque no existe ningún reglamento que impida tener tatuajes en el proceso de selección a la hora de entrar en un cuerpo y fuerza de seguridad del estado, si una exclusión en el ámbito de la guardia civil que los tatuajes no podrán ser visibles cuando se porte el uniforme reglamentario.
Cómo afectan los tatuajes en tu oposición a Policía Local
La base para poder entrar a la Policía Local es cumplir los requisitos exigidos por la convocatoria, pero debemos tener en cuenta que al tratarse de oposiciones de carácter local el organismo que las convoque puede variar al pedir lo requisitos. Si hablamos de motivos de exclusión los tipificados por ley son de carácter médico, pero en ningún momento llevar un tatuaje es motivo de exclusión al menos no tasado.
Va a depender de el organismo local al ser unas oposiciones de este ámbito, lo que quiere decir, que quizás en la Comunidad de Madrid los requisitos sean otros que en Granada.
Y en las Islas Baleares están reguladas por el Real Decreto 40/2019 de 24 de mayo por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de Illes Balears y modifica el anterior, que regula la uniformidad básica y la imagen profesional. En su CAPITULO IV, normas de apariencia externa, presentación y uniformidad art. 124 i) Deben evitar exhibir tatuajes u otros adornos de tipo personal que puedan menoscabar la imagen de un agente o una agente uniformados.
Si nos fijamos en el tenor literal del articulo “deben evitar”, en ningún momento prohíbe como tal, pero se entiende perfectamente que no es lo mismo, tener un pequeño corazón en la costilla que no se ve con el uniforme que tener todo el antebrazo tatuado. La visibilidad y tamaño si dará lugar a una causa de exclusión. Pero ¿Y si ya tengo un tatuaje? Los agentes que a fecha del nuevo Decreto ya cuenten con tatuajes y que sean visible cuando lleven el uniforme reglamentario deben evitar la exhibición de estos. El uso de joyas de gran tamaño también se excluye al igual que el cabello debe estar en perfecto estado de limpieza, incluso si están teñidos los colores tienen que ser naturales.
En el real Decreto no solo habla de tatuajes, lo que se intenta es que la imagen del Policía Local sea intachable, sin pendientes, ni joyas ostentosas y con el pelo en perfecto estado. Lo que se intenta es potenciar una nueva imagen de la Policía Local, en su art. 45 obliga adoptar una postura correcta, deben de ir perfectamente uniformados y aseados.
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Opositar a Policía Nacional con tatuajes
¿Y en la Policía Nacional, estarán excluidos? No, en las ultimas convocatorias no ha existido una exclusión. Sin embargo, que no este tipificado no significa que se puedan permitir, suele pasar que en la entrevista (que si no lo sabes es otro proceso selectivo como lo son las pruebas físicas, teóricas o psicotécnicos) te pregunten por el tatuaje si es visible o tiene un tamaño importante, te preguntaran sobre el sentido de este. Lo importante es la visibilidad del tatuaje y si es ofensivo o discriminatorio.